Diversos organismos públicos han expresado objeciones relevantes al plan del Ministerio de Trabajo para endurecer el control del registro horario, señalando problemas que van desde su encaje jurídico hasta su impacto económico y técnico. Entre las críticas más reiteradas figuran la ausencia de adaptación a las particularidades de cada sector, el incremento de cargas para pequeñas y medianas empresas y el hecho de que la iniciativa, pese a presentarse como reglamento, introduce elementos propios de una norma con rango de ley.

En esta línea, el Consejo de Estado ha emitido un dictamen especialmente severo que concluye que el real decreto no debería aprobarse en su forma actual. Aunque reconoce como legítimo el objetivo de combatir las horas extraordinarias no remuneradas mediante sistemas digitales accesibles para la Inspección, considera que la propuesta presenta carencias sustanciales. El análisis cuestiona tanto la falta de una evaluación económica rigurosa como la insuficiente protección de los datos personales, además de advertir que el texto excede las competencias propias de un reglamento. Asimismo, incorpora observaciones críticas ya planteadas previamente por entidades como el Ministerio de Economía, Función Pública o la Agencia Española de Protección de Datos.
Frente a estas valoraciones, el Ministerio de Trabajo ha defendido con contundencia su propuesta, argumentando que el registro horario reforzado busca garantizar el cumplimiento efectivo de la legislación laboral. Desde el departamento que dirige Yolanda Díaz se subraya que la medida pretende evitar prácticas abusivas y asegurar una competencia equitativa entre empresas, obligando a retribuir correctamente las horas extraordinarias.
Uno de los aspectos más cuestionados es el impacto económico. El Consejo de Estado considera que la memoria de impacto normativo no analiza adecuadamente las consecuencias para el tejido empresarial. A su juicio, resulta poco creíble sostener que la implantación del sistema no generará costes significativos, especialmente cuando afectará a más de un millón de empresas. Por ello, recomienda una tramitación más extensa y detallada.
El propio órgano consultivo estima que el coste inicial podría alcanzar cientos de millones de euros anuales, teniendo en cuenta únicamente el gasto directo por trabajador. A esta cifra habría que añadir otros elementos como la implantación técnica, la formación del personal o el mantenimiento de los sistemas. En consecuencia, concluye que las previsiones oficiales no reflejan fielmente la realidad económica del proyecto.

A estas preocupaciones se suman las advertencias sobre el impacto en las administraciones públicas, que tampoco habría sido cuantificado correctamente. Informes técnicos apuntan a que la medida podría implicar un gasto considerable para los organismos públicos, cuestión que, según se indica, no ha sido evaluada de forma adecuada en la documentación presentada.
Desde el ámbito económico también se reconoce la validez del objetivo perseguido, pero se insiste en la necesidad de introducir mecanismos que faciliten la adaptación, especialmente para las pymes. Se propone, por ejemplo, establecer periodos transitorios amplios y diseñar herramientas que reduzcan las dificultades operativas. Asimismo, se advierte de que imponer un modelo uniforme puede resultar problemático en sectores con dinámicas laborales específicas.
El Consejo de Estado refuerza esta idea señalando que determinadas actividades presentan características que hacen poco viable un sistema digital único de control horario. Entre los ejemplos citados se encuentran profesiones con condiciones laborales singulares, lo que lleva al organismo a sugerir excepciones para ciertos tipos de jornadas especiales.
Las críticas son especialmente intensas en materia de protección de datos. Tanto el Consejo como la Agencia Española de Protección de Datos coinciden en que el proyecto no define con claridad las garantías necesarias para evitar usos indebidos de la información. No basta, señalan, con limitar el acceso a personas autorizadas, sino que es imprescindible concretar los mecanismos técnicos que lo hagan efectivo.

Además, el diseño del sistema plantea incertidumbres relevantes. No se especifica, por ejemplo, si se recurrirá a tecnologías biométricas ni cómo se gestionarán los datos especialmente sensibles. Esta indefinición técnica lleva al Consejo a advertir que se pretende implantar un modelo aún no completamente desarrollado.
Desde una perspectiva jurídica, el dictamen sostiene que la iniciativa va más allá de lo que corresponde a un reglamento, al introducir nuevas obligaciones para empresas y trabajadores. En este sentido, coincide con las críticas de organizaciones empresariales que consideran que una medida de este alcance debería tramitarse como ley, con la correspondiente aprobación parlamentaria.
El informe también cuestiona la tramitación urgente del proyecto, al considerar que no está suficientemente justificada, y critica la escasa calidad del análisis de impacto. Según el Consejo, no se trata únicamente de recopilar informes, sino de integrar sus conclusiones para elaborar una norma más sólida y coherente.

Incluso el lenguaje empleado en el texto recibe reproches. El organismo recomienda moderar expresiones que atribuyen a la norma efectos amplios sobre el bienestar, la productividad o la competitividad, al considerar que ese tipo de afirmaciones no se ajusta al rigor propio del lenguaje jurídico.
Pese al conjunto de objeciones, el Consejo de Estado reconoce que la finalidad de la iniciativa es positiva. Considera adecuado reforzar los mecanismos de control de la jornada laboral para evitar abusos y mejorar las condiciones de los trabajadores.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo insiste en que esta medida forma parte de los compromisos adquiridos en el acuerdo de gobierno y defiende su viabilidad tanto desde el punto de vista social como económico. El departamento asegura que continuará impulsando una reforma que, a su juicio, contribuirá a modernizar el mercado laboral y a mejorar las condiciones de empleo.

